Somos un grupo de trabajadores a los que nos gustaría que en nuestro medio de comunicación hubiera un comité de redacción. ¿Qué hay que hacer?

Somos un grupo de trabajadores a los que nos gustaría que en nuestro medio de comunicación hubiera un comité de redacción. ¿Qué hay que hacer?

El Código Deontológico Europeo de la Profesión Periodística, que en 1993 aprobó por unanimidad la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa habla de que deben convivir en la empresa periodística los editores, propietarios y periodistas, y que para ello es necesario elaborar estatutos de redacción, con sus correspondientes comités de redacción, que regulen las relaciones profesionales de los periodistas con los propietarios y editores en el interior de los medios de comunicación, con independencia de las obligaciones laborales http://goo.gl/bHnpJs La existencia de consejos profesionales y comités de redacción es una de las medidas encaminadas a desarrollar el derecho a la información, que ampara el artículo 20 de nuestra Constitución. Los Comités de Redacción están amparados por un Estatuto Profesional que regula los derechos y deberes de los periodistas, entre ellos la clausula de conciencia y el secreto profesional. Su creación no es obligatoria por parte de las empresas, así que tiene que ser fruto de un acuerdo entre empresa y trabajadores.
Pese a la recomendación del Consejo de Europa, en España los consejos profesionales son bastante escasos, salvo honrosas excepciones en los grandes medios de comunicación como la Agencia Efe, Radio televisión Española, El País, El Mundo o El Periódico de Cataluña http://goo.gl/aIt4Wm En Andalucía Canal Sur Radio http://goo.gl/Eh2P62 y Canal Sur Televisión http://goo.gl/h5EcXS son las únicas empresas de comunicación de Andalucía que disponen de Consejos Profesionales.
También se pueden consultar las competencias de estos órganos en la sección Documentos de esta web.