1. Aunque tengan beneficios, sólo argumentando que en nueve meses consecutivos han registrado menos ingresos, los empresarios podrán incumplir los convenios colectivos firmados, despedir a parte de su plantilla sin necesidad de autorización administrativa previa y a menor coste, rebajar los sueldos en las cantidades que ellos decidan y modificar sus condiciones de trabajo.






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