Aprobado el Estatuto de Información de RTVE

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Aprobado el Estatuto de Información de RTVE

rtve.jpgEn referéndum celebrado el pasado 18 de abril fue aprobado por los profesionales de los servicios informativos de RTVE el Estatuto de Información de la empresa; ha sido aprobado por el 75% de los profesionales de informativos de TVE y por el 79% en RNE; en la consulta ha participado el 48% de la plantilla de esos servicios.

rtve.jpgEn referéndum celebrado el pasado 18 de abril fue aprobado por los profesionales de los servicios informativos de RTVE el Estatuto de Información de la empresa; ha sido aprobado por el 75% de los profesionales de informativos de TVE y por el 79% en RNE; en la consulta ha participado el 48% de la plantilla de esos servicios.

El Estatuto de Información de la Corporación regula las relaciones profesionales en el seno de la empresa y desarrolla un Código Deontológico de obligado cumplimiento para los profesionales de informativos y de programas que aportan contenidos informativos. Será el Consejo de Administración de RTVE el órgano encargado de adoptar las medidas necesarias para su inmediata puesta en funcionamiento.

En su artículo tercero, detalla que es de aplicación a «los profesionales del periodismo, la imagen o el sonido que obtienen, elaboran y difunden de forma directa los contenidos informativos divulgados por las empresas de la Corporación RTVE, tanto a través de los soportes habituales de radio y televisión, como a través de soportes multimedia e interactivos u otros semejantes, cualquiera que sea su categoría o nivel de responsabilidad».

Reconoce el derecho a la carrera profesional para que cualquier traslado o promoción se haga de acuerdo con la trayectoria y la capacidad profesional de los trabajadores. La elección del director de Informativos exigirá un informe previo del Consejo de Informativos y un referéndum no vinculante de los profesionales de estos servicios informativos.

Recoge también la discrepancia editorial, que permite rectificar o matizar una información que haya conculcado el Código Deontológico, los principios básicos por los que se rige RTVE.

Además, regula también la libertad de información y de expresión, la cláusula de conciencia y el secreto profesional, la libertad de creación y el derecho a participar en el proceso de rectificación, entre otros.

Principios deontológicos

El código detalla 19 principios deontológicos que vinculan a todo el personal.

1.- Observarán siempre una clara distinción entre los hechos y las opiniones, evitando toda confusión entre ambas cosas, así como la difusión de conjeturas y rumores.

2.- Difundirán únicamente informaciones fundamentadas. Las informaciones deberán ser contrastadas con un número suficiente de fuentes.rtve_piruli.jpg

3.- Contextualizarán las causas y consecuencias de los acontecimientos a través de las opiniones de los protagonistas, testigos, expertos y autoridades.

4.- Identificarán claramente las fuentes cuando la credibilidad de la noticia lo exija o se trate de cuestiones polémicas o controvertidas.

5.- Elaborarán las informaciones, preferentemente, mediante el recurso a sus propias fuentes.

6.- Rectificarán con diligencia y con el tratamiento adecuado a las circunstancias las informaciones que se hayan demostrado falsas o erróneas, sin eludir, si es necesario, la disculpa.

7.- Respetarán el «off the record» cuando haya sido expresamente invocado. Se respetará el derecho de las fuentes a permanecer en el anonimato cuando así se haya pactado.

8.- Respetarán el derecho de las personas a no proporcionar información ni responder a preguntas, sin perjuicio del deber de los informadores de proporcionar información de interés público a la ciudadanía.

9.- No podrán ser obligados a realizar ninguna actividad publicitaria o de patrocinio en los programas informativos, salvo las que se refieran a la promoción de la propia programación de la Corporación. No aceptarán retribuciones, gratificaciones o regalos de terceros que pudieran buscar promover, orientar, influir o difundir informaciones u opiniones.

10.- No aceptarán viajes pagados por las fuentes informativas cuando dicha circunstancia pueda afectar a la imparcialidad de la información.

11.- Evitarán la difusión de publicidad encubierta que empresas, particulares o instituciones pretendan hacer pasar como informaciones.

12.- No utilizarán nunca en provecho propio informaciones privilegiadas obtenidas de forma confidencial en el ejercicio de su función.

13.- Respetarán el derecho de las personas a su intimidad y propia imagen, especialmente en casos o acontecimientos que generen situaciones de aflicción y dolor, evitando la intromisión gratuita y las especulaciones innecesarias sobre sus sentimientos y circunstancias, principalmente cuando los afectados lo expliciten.

14.- Observarán escrupulosamente el principio de presunción de inocencia en las informaciones y opiniones relativas a causas o procedimientos penales en curso.

15.- Tratarán con especial cuidado toda información que afecte a menores, evitando difundir su identificación e imagen cuando aparecen como víctimas, testigos o inculpados en causas criminales, sobre todo en asuntos de especial trascendencia social, como es el caso de los delitos sexuales.

16.- Observarán especial cuidado en el empleo de imágenes que, por su crueldad, puedan dañar la sensibilidad del espectador.

17.- Actuarán con responsabilidad y rigor, evitando el uso de tópicos y estereotipos, especialmente en los casos que puedan suscitar discriminación por razón de sexo, orientación sexual, raza, ideología y creencias religiosas o extracción social y cultural.

18.- Valorarán con el mismo criterio las acciones protagonizadas por mujeres y hombres a la hora de considerarlas noticiables.

19.- Dedicarán especial atención a las informaciones relativas a la violencia de género, evitando la transmisión de mensajes que puedan contribuir a crear la sensación de impunidad ante estos delitos

Fuente: FeSP-Agencias

 

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